Comunicado: Disolución de Ecopolis Disciplinas Integradas (1 de enero de 2021)

Anunciamos la disolución de Ecopolis Disciplinas Integradas, luego de 14 años de labor ininterrumpida por la defensa de los derechos de los ...

martes, 20 de julio de 2010

Tigres en peligro de extinción

El tigre tiene hoy pocas posibilidades de preservar su especie, siendo el hombre su mayor enemigo.

La extinción del tigre, el más enigmático de los felinos, que habita en este planeta desde hace dos millones de años, es inminente. El tigre en extinción es víctima de la caza furtiva, los cambios medioambientales y la fragmentación de la población. El tigre del Caspio, el Tigre de Bali y el tigre de Java ya se han extinguido. Actualmente sólo cinco especies de tigre “sobreviven” en alto peligro de extinción: el tigre de bengala, el del sur de China, el de Indochina, el de Sumatra y el tigre del Amur en Siberia.

El habitat natural del tigre en peligro de extinción se ve deteriorado cada vez mas debido a la deforestación y a la proliferación de granjas y pueblos en estas zonas que eran naturalmente del felino. Provocando la separación de los grupos, limitando las posibilidades de procreación con otros machos o hembras. Esto afecto la proliferación (ya que nacen generaciones de cachorros con defectos de nacimiento o mutaciones que les impiden llegar a la edad adulta) y la salud del tigre en extinción.

Se calcula que la población salvaje del tigre, consta de poco más de 3.000 ejemplares, mientras que en cautividad se estima que existen aproximadamente 20.000, un número mucho mayor al de los tigres salvajes.

Las recomendaciones de la Unión Internacional para la Conservación de la Naturaleza UICN en el plan de acción para la conservación de los felinos, dice que la población actual de Panthera tigris en cautiverio supera la población silvestre, por lo cual los individuos en condiciones ex situ deberían estar destinados a planes de conservación cuyos objetivos estuvieran basados en proveer una reserva genética y demográfica para restablecer o revitalizar las poblaciones cuando fuese posible.


De igual forma los tigres de la población en cautividad deben ser utilizados para la conservación de la especie en programas de educación, sensibilización y gestión de recursos.

Gobiernos y entidades no gubernamentales de todo el mundo están realizando un enorme esfuerzo para lograr despertar la conciencia de la población con respecto a la gravedad de la situación con los animales en peligro de extinción.

En el mundo encontramos que las estadísticas dicen que existen unas 700 especies al borde de la extinción y un total de 2.300 amenazadas, primates son utilizados en experimentos, tigres y leones capturados para ser vendidos como "mascotas" todos los años, en Estados Unidos ingresan cerca de 30 millones de animales al año como mercancía proveniente de Brasil, México y países africanos, siendo el trafico animal uno de los que mayor dinero mueve con 4.000 millones de dólares al año, al que solo superan el contrabando de armas y el narcotráfico.

Dentro las de las principales causas de la extincion de los animales se encuentran:

. Explotación forestal

. Contaminación

. Las obras de grave impacto

. La dispersión de esfuerzos y voluntades

. La ignorancia

. La caza furtiva

. El tráfico de fauna

. Caza por subsistencia

. Caza comercial

. Caza deportiva


Ecopolis, Disciplinas Integradas

domingo, 18 de julio de 2010

¡ Por fin, fotografías de operativo en Llo-lleo !

Operativo de vacunación contra el distemper y parvovirus
 (octuple: primera dosis)
Región de Valparaíso-Chile . Junio de 2010

Vacunación masiva gratuita y educativa a perros afectados por el
tsunami en la v región.
Esta jornada fue posible al trabajo coordinado de organizaciones y personas proactivas de la comunidad nacional e internacional.
Los insumos fueron donados desde españa por la organización de derechos animales Animanaturalis y entregados por el sr. Ricardo cirio, coordinador para chile.


La junta de vecinos y su director sr. Alejandro quezada se encargaron de habilitar el lugar físico con las condiciones higiénicas, de luz y ventilación adecuadas y preparó las colaciones para el equipo de 12 voluntarios de Ecópolis, Disciplinas Integradas.
Especiales agradecimientos a las gestiones de nexo y coordinación del sr. Jorge Gortari, director de la organización Atra de Las Cruces.

Además del registro en imágenes, entregamos una ficha descriptiva de la actividad:

Actividad: operativo de atención veterinaria y vacunación gratuita (previa inscripción) para 200 canes.
Lugar: Llo-lleo, sector cercano a la playa, afectado por el tsunami del 27 de febrero pasado.
Fecha: mes de junio de 2010
Beneficiarios: 200 perros y sus familias humanas (también se atendieron perros comunitarios, es decir, apadrinados por los vecinos).
Servicio: diagnóstico, atención veterinaria de urgencia, desinfecciones, desparasitación interna y externa, inmunización contra enfermedades como parvovirus y distemper (vacuna octuple) con la entrega del respectivo carné de vacunación. también hubo entrega de alimento a los cuidadores de cachorros, perras preñadas y perros con bajo peso.

Insumos para la jornada de primera dosis de vacunación octuple y atenciones veterinarias múltiples,donados por la organización Animanaturalis.

. 225 vacunas óctuples
. 80 dosis de clindamicina (antibiótico en comprimidos)
. 12 frascos de invermic líquido (antiparasitario)
. 100 dosis de ehliquantel (antiparasitario en comprimidos)
. 3 frascos de rostrum ótico (antibiótico en gotas)
. 50 dosis de ehlifloxacino (antibióticos en comprimidos)
. 20 dosis de rostrum en comprimidos (antibióticos en comprimidos)
. 5 potes de mixantip plus (antibiótico en pomada)

A continuación reproducimos parte de una nota relacionada, aparecida en diario virtual de Animanaturalis y la reflexión que se desarrolla en la entrevista a Ricardo Cirio, Coordinador para Chile de AnimaNaturalis, y Florencia Trujillo, Presidenta de Ecópolis, en torno a la importancia de la vacunación desde una perspectiva de salud pública, salud animal y el vínculo de res- ponsabilidad para con los animales.

“Damos las gracias a todas las personas que confiaron en nosotros, para poder hacer efectiva esta donación, que ayuda directamente a centenares de animales” sentenció Ricardo Cirio, coordinador de la organización AnimaNaturalis en el país".

“A muchos puede parecerle extraño que habiendo tantas personas sufriendo, alguien se preocupe por los animales. Sin embargo, debemos pensar que nuestra especie no es la única que padece hambre, frío, dolor o angustia durante y después de estos eventos. Creemos que la ayuda a las personas víctimas del terremoto no excluye la solidaridad hacia los animales”, agregó el representante de AnimaNaturalis.

La donación, consistente en insumos veterinarios, se hizo de la mano con la organización Ecópolis, Disciplinas Integradas, de Viña del Mar, quienes también rtabajan en el tema por los derechos de los animales. Voluntarios de esta entidad viajarán a principios del mes de Junio a Llolleo, una de las zonas más afectadas en el centro del país, donde vacunarán, desparasitarán y curarán a los animales de compañía.

Objetivos:
Al preguntarle a Florencia Trujillo, Presidenta de Ecópolis, sobre los objetivos de este operativo, además del aporte de AnimaNaturalis, nos cuenta lo siguiente:

¿Cuales son sus objetivos principales?
R. Precisamente, los objetivos del operativo veterinario son de carácter preventivo, pues dadas las condiciones de subsistencia de los canes existe el riesgo de brote epidemiológico de enfermedades virales contra las cuales no existe medida más efectiva que la inmunización masiva o al menos perifocal (en sectores o barrios) de la mano con la mejora en la condición nutricional.

 
Esto se obtiene mediante la vacunación (óctuple o séxtuple en dos dosis) contra enfermedades virales como el distemper y el parvovirus, que son las patologías que causan mayor sufrimiento y larga agonía en los animales cuando estas se presentan. Si bien no se trata de enfermedades transmisibles a los humanos, no por ello provocan menos sufrimiento en los perros, muy por el contrario, infinitamente mayor incidencia que la casi extinta Rabia (en su cepa dañina al ser humano). Vacunar, desparasitar y vitaminizar, salva vidas, se evita sufrimiento, y es una medida preventiva por excelencia.

¿En qué aporta la donación de AnimaNaturalis?
R. La donación de AnimaNaturalis es fundamental para la realización de este operativo pues otorga el soporte logístico en insumos veterinarios, ¡es el capital que se invertirá en salud para nuestros amigos! Y es un ejemplo a seguir por otras organizaciones internacionales de derechos animales.

Querámoslo o no, desde hace 16 mil años existe un vínculo inquebrantable entre estas dos especies: humano y perro, a tal punto que estamos genéticamente preparados para la convivencia, pero de los dos, nosotros somos los más fuertes, tenemos un deber ético de respetarlos, como a toda otra especie animal, pero además tenemos un deber para con la conservación positiva de ese vínculo milenario.

*Si desea visitar la galería completa de fotografías de este operativo, click en el siguiente link:http://picasaweb.google.com/ecopolis.di/OperativoDeVacunacionYAsistenciaVeterinariaLloLleo#
Fotografías: Macarena Quezada Bilbao.

Ecópolis, Disciplinas Integradas
 

lunes, 12 de julio de 2010

Green, un documental sobre la deforestación en Indonesia


Green es un  documental francés, que ha recibido múltiples premios, en el se muestra a través de la agonía de un orangután el drama de la deforestación y la extinción de los bosques en Indonesia.

Es una historia compuesta sólo de imágenes, sin entrevistas, simplemente muestra con transparencia y simplicidad este problema que nos incumbe a todos.

Con poética el director logra impresionar al espectador al mostrar un paralelo entre la muerte de los orangutanes y la tragedia de la deforestación.

Cada espasmo de dolor en Green es un grito contra la destrucción que el hombre está haciendo a la naturaleza.

Es un llamado de su autor a valorar el sistema natural y la riqueza de la biodiversidad.

Conmovedora y emotiva, preocupante pero brillante y objetiva describe la terrible situación de la sociedad contemporánea. Sin duda vale la pena verla.


Para ver Green en línea y encontrar más información sobre el documental y la  campaña contra la deforestación en Indonesia, click en el siguiente link: www.greenthefilm.com



Ecopolis, Disciplinas Integradas

sábado, 10 de julio de 2010

La Zoofilia es Maltrato Animal - Denuncia y Medidas Cautelares

Breve guía para los denunciantes y otras consideraciones de política criminal


Desconozco las razones psicológicas o antropológicas por las que una persona pudiera “querer” introducir sus genitales u otros elementos en la vagina o ano de un animal no humano (frecuentemente perros o corderos, cabras) pero cuando al elemento volitivo (el “querer”) le sigue la ejecución del hecho visualizado previamente en la mente, se comete el delito de Maltrato Animal (contemplado y sancionado en nuestro Código Penal, artículo 291 bis, que corresponde al párrafo de los “Delitos contra la Salud Animal y Vegetal”).

Acreditado el hecho, ante la Justicia, y establecida la responsabilidad del autor, el tenor de la sentencia dependerá de una concurrencia de factores y consideraciones legales, tales como la alegación de atenuantes, eximentes, etc.

Recordemos que el delito del 291 bis del C.P. es de acción pública, es decir, cualquier persona puede denunciar el hecho, sin importar si el animal es o no propiedad de alguien. Si el animal tiene dueño, mejoran las posibilidades de defensa ante la justicia pues –suponiendo que no sea el mismo dueño(a) el maltratador- puede este interponer una querella por maltrato animal y por daño a la propiedad contra quien resulte responsable. Si el animal NO tiene dueño, solo es posible hacer una denuncia, salvo que el magistrado, tomando conocimiento del hecho, actúe de oficio.

[Sin embargo, y no obstante ser declaradas inadmisibles, por Tribunales Superiores de Justicia, una y otra vez las querellas interpuestas por delito de Maltrato Animal cometidos contra animales sin dueño, es recomendable perseverar e insistir en la presentación de querellas, porque la respuesta de tribunales hasta el día de hoy, en mi opinión, demuestra que respecto de este punto ha habido denegación de justicia.]

Téngase presente que la recientemente aprobada Ley 20.380 de Protección Animal (03/10/09), en su artículo 12, autoriza de modo expreso al magistrado y a toda autoridad competente para adoptar medidas cautelares en favor de la salud del animal (ésta facultad la ha tenido siempre, pero esta norma se explicita), tales como el retiro inmediato del lugar donde se encuentra y su atención por médico veterinario.

Y, en caso de delito flagrante la ley (Código Procesal Penal) autoriza y regla la intervención de civiles para efectos de la captura del hechor y protección del bien jurídico lesionado. Por ejemplo, si una persona va caminando por la calle y es testigo directo de la comisión actual (es decir en el momento mismo en que ocurre el hecho) de un evidente acto de crueldad con animales; está facultada por la ley para impedir el resultado lesivo o interrumpir el desarrollo del acto delictivo. La ley regla incluso la captura del individuo (debiendo ser puesto a inmediata disposición de la justicia), naturalmente los medios empleados por los civiles no pueden resultar en la lesión de bienes jurídicos de mayor entidad que aquel que se pretende proteger.

A continuación se exponen resumidamente los pasos a seguir para interponer una denuncia, con probabilidades de éxito, por personas u organizaciones en caso de que sean testigos o tomen conocimiento de la comisión de un hecho que pueda revestir carácter de delito de maltrato animal:


La denuncia se efectúa ante Carabineros de Chile o ante la fiscalía por Maltrato Animal; acompañando de preferencia:

a)Breve relato escrito de los hechos (qué, cuándo, desde cuándo, dónde, quién o quiénes),

b)Lista de testigos (nombre, dirección). Los testigos pueden solicitar reserva de identidad cuando estimen que por el hecho de declarar puedan ser objeto de represalias. Entonces, los datos personales del testigo se entregan en sobre cerrado, acompañando al escrito de denuncia.

c)Certificado expedido por el médico veterinario tratante que certifique lesiones atribuibles a terceros (descripción de las lesiones, tratamiento, etc.), naturalmente esto en caso de que el animal en cuestión ha sido visto por veterinario con anterioridad a la denuncia.

d)Fotografías, del lugar donde se habría cometido el delito, del animal, y sus lesiones.

e)Dependiendo de las circunstancias, solicitar que se ordene, como medida cautelar, el retiro inmediato del animal en resguardo de su salud y su derivación a médico veterinario(a) para su diagnóstico (artículo 12 Ley 20.380).

f)Indicar el médico o clínica veterinaria que examinará al animal y también la persona que se hará cargo de este una vez retirado del lugar donde corre actual peligro.


OJO, respecto de la letra f : la Justicia NO resuelve ese problema, o mejor dicho, lo resuelve en la medida que se le facilitan los instrumentos (casa de acogida, atención médico veterinaria) pues no tiene recursos propios para ello y aún teniéndolos hay otras prioridades. Querámoslo o no, ese es trabajo de quienes pretenden el rescate del animal. Las organizaciones de protección animal o de defensa de derechos animales deben trabajar en red con la comunidad, para cumplir con éxito un rol coadyuvante de la Justicia.


Tener presente que a los denunciantes no les compete la acreditación del hecho denunciado (demostrarlo) y menos el establecimiento de la responsabilidad (autor o autores). El hecho merece ser objeto de denuncia NO porque “sea” delito (eso se sabrá con certeza en el curso de la investigación llevada a cabo por el Ministerio Público, o sea, los fiscales), sino porque simplemente “REVISTE CARÁCTER DE DELITO”, es decir, tiene apariencia de delito. Los denunciantes no pueden ni deben reemplazar a la Justicia (es más, les está prohibido), a ella le toca investigar con igual celo aquellos antecedentes que favorezcan o perjudiquen al imputado.


Basta la denuncia verbal de los hechos. La ley NO obliga al denunciante a presentar una relación escrita de los hechos, ni lista de testigos, ni fotografías, ni nada por el estilo . Sin embargo, la experiencia nos ha demostrado que existe mayor probabilidad de éxito, o al menos de que no se archive tan fácilmente la causa por aplicación del principio de oportunidad, cuando a la denuncia se acompañan antecedentes que la hagan verosímil, seria, plausible.

En el caso de la zoofilia: normalmente un médico veterinario no va a certificar lo que no le consta, pero sí puede emitir un pronunciamiento especializado respecto de la condición física del animal en tanto presente características anómalas compatibles con el hecho denunciado.

Desde el punto de vista de la autoridad político-administrativa, el tema de la zoofilia no debiese ser un tema menor, por cuanto la política criminal implementada por países desarrollados precisamente dedica tiempo y recursos en la temprana detección de este tipo de delitos (de maltrato animal en todas sus formas) para precaver o descubrir la comisión de otros delitos, esta vez contra las personas. En Chile NO existe un sistema de Alerta Temprana asociada a delitos de maltrato animal, al menos no aparece en la declaración anual de metas y prioridades del Ministerio Público.


Florencia Trujillo A.
Licenciada Cs. Jurídicas
U. de Chile

Ecopolis, Disciplinas Integradas

jueves, 8 de julio de 2010

Ojo fiscales, magistrados y defensores de un bien jurídico llamado "salud animal" y "trato ético hacia los animales"

El delito de Maltrato Animal es un delito descrito en el artículo 291 bis del Código Penal chileno, como de acción pero a cuyo respecto la ley no impide que pueda ser cometido también por omisión, especialmente si se trata de un delito de resultado, en el que basta que la persona que tiene el deber de cuidado del animal (posición de garante respecto de un bien jurídico determinado) se abstenga de realizar la conducta esperada (dar alimento, agua, abrigo, etc) para que se produzca el resultado antijurídico, pudiendo evitarlo.

Esta forma de cometer el delito se llama en doctrina: delito de "omisión impropio".
En estos casos se llega al resultado lesivo no por vulneración de la norma prohibitiva (como es lo usual en derecho penal), sino por ABSTENCIÓN DE UN MANDATO, de un "deber de hacer".

El destacado profesor Eduardo Novoa Monreal, en su libro "Fundamentos de los delitos de Omisión" cree en la conveniencia y mantención de los delitos de omisión y comenta que "estas normas de mandato aumentan considerablemente en número a medida que se van reconociendo al Estado nuevas funciones que cumplir dentro de la vida social". Y, quien fuera mi profesor de derecho penal, don Mario Garrido Montt (y Presidente de la Corte Suprema) agrega además: "Es inevitable que en un Estado de bienestar o uno social se provoque el nacimiento de muchas más normas de esa clase que en un Estado gendarme, propio de una concepción más liberal-individualista del Estado."


POR TANTO:

El delito de maltrato animal es una figura moderna del derecho penal, incorporada el año 1989 (por el General Stange) a nuestra legislación, es un delito de resultado, que permite su comisión por omisión, persigue la protección de un bien jurídico plural, cual es la salud animal, incluso "bienestar" tratándose de animales a cuyo respecto exista un cuidador, y también persigue la protección de los llamados "bienes jurídicos socialmente relevantes": los animales merecen un trato ético por parte de la sociedad y de cada miembro de ella.

Los delitos o tipos penales que han sido concebidos para proteger bienes jurídicos supraindividuales o colectivos, son un síntoma de modernidad. Sin embargo, no es posible la defensa de ellos dentro del sistema de justicia si es la propia ley la que suprime la legitimación activa (o derecho a querellarse) de los ciudadanos para accionar en tribunales. Efectivamente; en noviembre de 2005 se elimina la norma contenida en el artículo 111 del Código Procesal Penal que otorgaba la "titularidad activa o derecho a querella" por delitos de relevancia social, dentro de ellos, los delitos medioambientales como el maltrato o crueldad con animales (recordemos que en la geografía del Código Penal al arttículo 291 bis se encuentra ubicado en el párrafo correspondiente a los delitos que atentan contra la Salud Animal y Vegetal).


Quien se opuso a la brutal eliminación de un derecho ciudadano de tal relevancia fue el destacado penalista, profesor de la U. de Chile y diputado socialista por la "quinta región interior" fue Don Juan Bustos (QEPD). No hubo argumentos sólidos o si quiera jurídicos para suprimir la legitimación activa por delitos de relevancia social; hubo sí peroratas de corte neofascista que veían con gran temor la posible utilización política de las querellas en tribunales por parte de la ciudadanía.

...y es precisamente lo que queremos reponer para efectos de poder querellarnos por delitos de maltrato animal; a través de la aprobación del Proyecto de Ley, Boletín Nº 6589-12, redactado por la abogado María Celeste Jiménez y presentado en la Cámara por diputados de todas las bancadas el año 2009. El tema en cuestión es claramente transversal, y esa es nuestra fortaleza.

Florencia Trujillo A. 
Licenciada en Ciencias Jurídicas
Universidad de Chile

Ecopolis, Disciplinas Integradas

lunes, 5 de julio de 2010

Reino Apacible (Paceable Kingdom)



Peaceable Kingdom / Reino Apacible es un documental sobre la vida de animales rescatados en un santuario llamado "Farm Sanctuary" / "Santuario Animal", muestra el paso de diversos animales, desde el más terrible de los sufrimientos a una vida rodeados de quienes les respetan. El documental también muestra la transición de varios granjeros que se dedicaban a la explotación animal y que se han convertido al vegetarianismo y como se sienten parte del cambio necesario para acabar con la muerte y el sufrimiento.

Es un documental ganador de diversos premios en festivales de cine y cuenta  con la música de Moby.

Peaceable Kingdom / Reino Apacible resulta una experiencia realmente significativa. 
De boca de la prestiogiosa primatóloga Jane Goodall Peaceable kingdom / Reino Apacible es una obra de arte.
Para ver el Reino apacible en línea, click en el siguiente link: http://video.google.com/videoplay?docid=8401988483167764145&hl=es#

Ecopolis, Disciplinas Integradas

domingo, 4 de julio de 2010

OPERATIVO DE ESTERILIZACIÓN CANINO GRATUITO, SÁBADO 10 DE JULIO

 
Informamos a la comunidad que el día sábado 10 de julio, la Fundación RIMA, realizará un operativo de esterilización canina en terreno con la colaboración de Ecopolis, dentro del marco del plan de esterilización canino de Valparaíso.
Para poder ser beneficiario de una o varias esterilizaciones para sus animales de compañía, se debe solicitar hora previamente, en esta ocasión donde indica el afiche.
Para poder acceder a este beneficio cada persona debe acreditar domicilio en la comuna de Valparaíso.
 
¿Comó acreditar domicilio en la comuna?

1. Carné de Identidad (original más fotocopia) y una cuenta de servicios a su nombre con dirección en la comuna (original más fotocopia).

2. Certificado de residencia otorgado por la Junta de Vecinos (copias dadas por el talonario que entregará Desarrollo Comunal a las Juntas de Vecinos). Desarrollo Comunal dará los Talonarios a los Dirigentes.
3. Comprobante de la ficha de protección social otorgada en la Plataforma de Atención Ciudadana.
4. Certificado de residencia de Carabineros.
 
Califican:

. Hembras y machos de espacie canina

. Que tengan mínimo 5 meses de edad
. Que hayan o no parido
. Que se encuentren sanos
. Que NO hayan sido bañados o vacunados en días previos a la cirugía
. Que se encuentren en celo
. Que estén preñadas hasta un mes de gestación.
. En el caso de los machos especialmente si son agresivos, mordedores o machos alfa.

¿Cómo pedir una Clínica Móvil?


El dirigente o lider comunitario puede pedir una Clínica Móvil en su barrio a través de la Plataforma Municipal con una solicitud o carta sencilla (Modelo Adjunto), siempre cuando cuente con: un Mínimo 30 perritas contactadas para operar (cada uno acreditando ser de Valparaíso).

. Un espacio cerrado de al menos 2 piezas, donde realizar las operaciones y los cuidados post-operatorios, que cuente con agua potable, luz, y piso y paredes lavables. Este espacio será finalmente visado por la Clínica una vez solicitada.
 
¿Cómo acceder a una Clínica Fija?

. Acreditantdo domicilio en Valparaíso y solicitando hora directamente en cada clínica.

 
CLINICAS FIJAS:

. Centro Médico veterinario "Pichos Integral"

Dr. Claudio Tramón
Carrera Nº 702, esquina Colón, fono: 2497632
 
. Centro Médico veterinario de Valparaíso

Dr. Oscar Saldaña
Avda Brasil Nº 2333, fono: 275730
 
. Centro Médico Veterinario Dr Julio Cantillano

Dr. Julio Cantillano
General Cruz Nº 585, fono: 2592188
 
. Bahía Mascota

Dr. Geraldo Morano
Freire Nº 695,esquina Colón, fono:2235778
 
. Pacífico Sur

Dr. Juan Romero
Avda. Independencia Nº2312, Esquina Francia, fono:2231720
 
. Veterinaria Protectora

Dr. Patricio Morales
Avda.Levarte Nº 833,Playa Ancha, fono:2282037
 
* ESTE BENEFICIO ES GRATUITO. COLABORE PARA CONTROLAR LAS POBLACIONES CANINAS DE FORMA ÉTICA Y RESPONSABLE.

Ecopolis, Disciplinas Integradas