Comunicado: Disolución de Ecopolis Disciplinas Integradas (1 de enero de 2021)

Anunciamos la disolución de Ecopolis Disciplinas Integradas, luego de 14 años de labor ininterrumpida por la defensa de los derechos de los ...

viernes, 25 de diciembre de 2015

Feliz navidad!!



Estimados amigos, les deseamos una feliz navidad y compartimos con vosotros nuestro deseo y convicción para el Nuevo Año 2016: Un país que avance decididamente hacia un trato respetuoso con todos los animales.


Ecópolis Disciplinas Integradas - Chile

jueves, 24 de diciembre de 2015

Golpe de timón de las ONGs permite endurecer la persecución penal a los traficantes de animales.

El delito de comercio ilegal de especies protegidas se amplía a las conductas facilitadoras del tráfico y actos preparatorios de la venta.



Valparaíso, miércoles 13 de Mayo de 2015.- El día de ayer martes 12 de Mayo, se reunió, una vez más, la Comisión de Agricultura de la Cámara para votar sobre el articulado del proyecto de ley Que Aplica CITES (Sobre Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Flora y Fauna Silvestre), proceso concluido para su despacho al Senado.

Dicho proyecto de ley presentaba varios inconvenientes que debilitaban, en vez de fortalecer, la persecución penal del delito de comercio ilegal de especímenes de especies de los Apéndices de la Convención. Por lo mismo, en su oportunidad, con el apoyo de los parlamentarios Iván Flores, Felipe Letelier (ambos miembros de la Comisión de Agricultura) y Sergio Aguiló, se presentaron varias indicaciones en orden a revertir la situación planteada, no sin oposición inicial del Ejecutivo, el cual ha demostrado tener una lectura de la realidad diferente al diagnóstico que hacemos desde las organizaciones no gubernamentales dedicadas a temas relacionados con la aplicación de la convenciones medioambientales sobre biodiversidad.


La discusión culminó positivamente el día de ayer, habiendo acuerdo unánime en aprobar la NO despenalización del delito de comercio ilegal, acuerdo que se obtuvo gracias al acercamiento de posiciones que logró el Diputado Sergio Espejo.

Lo que se aprobó, en resumen, es lo siguiente: por una parte, se mantiene el Juez de Policía Local (JPL) para conocer y sancionar de las infracciones (por posesión y tenencia sin acreditar legítima procedencia) y, por otra, los delitos de venta y actos preparatorios de la venta ilegal quedan bajo la lupa del Ministerio Público y, en consecuencia, en la órbita del Juzgado de Garantía, así como también la posesión dolosa, por ejemplo almacenar o transportar especímenes (y productos o derivados), con fines comerciales, sin acreditar legítima procedencia.

En el texto original, la venta no estaba sancionada (ni como falta, ni como delito, al parecer por olvido de los redactores), y los actos preparatorios de la venta (ofrecer, exhibir) estaban sancionados como mera falta. El texto, tal y como quedó después de la última sesión deberá ser publicado en la web de la Cámara en los próximos días (Boletín 6829-01).


En sesiones anteriores se logró aprobar otras indicaciones, patrocinadas por los diputados mencionados y defendidas con fiereza en el seno de la Comisión, las cuales dicen relación con el reconocimiento y apoyo a las personas y organizaciones no gubernamentales e instituciones que desarrollen proyectos o impulsen iniciativas referidas a la mejor aplicación de la convención CITES en Chile: incisos 4 y 5 del artículo 6°:"Las personas, naturales o jurídicas, técnicamente competentes, los centros de rescate, de reproducción, los centros de cría y exhibición, las instituciones académicas y/o de investigación, públicos o privados, que desarrollen proyectos, emprendan acciones, impulsen iniciativas o propuestas tendientes a mejorar la adecuada implementación de la Convención CITES, deberán ser oídas por las autoridades competentes de CITES en Chile, las cuales darán respuesta fundada a los requerimientos planteados."
"Asimismo, tratándose de la adecuada mantención y destinación de los especímenes vivos incautados o decomisados por la autoridad competente, las personas o instituciones privadas que, sin adquirir la propiedad de estos, en su calidad de custodios o colaboradores de la autoridad, sean responsables de su cuidado o mantención, tienen derecho a solicitar y a recibir ayuda de los órganos de la Administración del Estado, los que, a su vez, dentro de la esfera de sus atribuciones, para cumplir con los objetivos y disposiciones de la Convención, podrán otorgarla en orden a mantener a dichos especímenes en condiciones adecuadas por el tiempo necesario."


Estos logros son muy importantes pues han significado modificar la matriz del proyecto de ley. Sin embargo, aún quedan aspectos de relevancia que deben ser revisados y que, lamentablemente, no logramos ganar en la Cámara pero respecto de los cuales podemos, y debemos, perseverar en el Senado.
Nos referimos especialmente a la norma que autoriza al JPL a entregar la propiedad del especímen decomisado a la persona del custodio, cuestión que, en los términos planteados, vulnera el espíritu de la Convención y atenta contra el derecho de propiedad del verdadero dueño en los casos de especímenes robados.

La entrega en propiedad no es algo que quite el sueño a los centros de rescate pero, en cambio, satisface los apetitos de particulares cuya principal preocupación no necesariamente es cuidar al animal hasta el fin de sus días pues, teniendo la propiedad de este, lo puede vender o intercambiar en una dinámica de mercado.

De aprobarse esta norma, se generarán disputas entre centros de rescate o museos versus zoológicos y coleccionistas privados. Éstos últimos, por cierto, pueden tener un peso insospechado en los JPL de ciertas comunas de Chile.

Tratándose de animales vivos, el destino que pueden tener una vez que han sido decomisados, es tratado con detalle en la Resolución 10.7 de la Conferencia de las Partes, llamada "Árbol de Decisiones" que establece un orden de prelación o preferencia para decidir el mejor destino para un ejemplar, es decir: devolución al hábitat de origen, en su defecto, envío a un santuario, o centro de rescate. Si ello no es posible destinación a un zoológico o un particular que tenga condiciones adecuadas.

El vínculo patrimonial no debe ser lo que defina el destino del animal decomisado dado que éste siempre puede tener un destino mejor en la medida que el Estado sepa cumplir la Resolución 10.7 de la Conferencia de las Partes de CITES.

Por lo tanto, la batalla que ha de darse en el Senado debiese involucrar, hoy más que nunca, a los centros de rescate (de exóticos y autóctonos) y museos, los cuales verán perjudicados sus objetivos toda vez que -en el proyecto de ley- no son expresamente considerados prioritarios en la destinación de los animales.

Ecopolis Disciplinas Integradas