Comunicado: Disolución de Ecopolis Disciplinas Integradas (1 de enero de 2021)

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miércoles, 9 de julio de 2014

HOY SE VOTA PROYECTO DE LEY DE TENENCIA RESPONSABLE DE MASCOTAS O ANIMALES DE COMPAÑÍA

Valparaíso 09 de Julio 2014.- Tras cinco años de tramitación, hoy se vota la ley de tenencia responsable de mascotas o animales de compañía en la Sala de la Cámara de Diputados, se espera un apoyo político transversal al proyecto de ley por el que tanto han esperado los protectores de animales, así como los municipios y otras autoridades del país. Una vez aprobado por la Sala el proyecto será despachado al Senado como parte del último trámite constitucional antes de su promulgación.

Este año 2014, savia nueva ha irrumpido en el Congreso pues nuevas organizaciones han participado de este proceso de discusión, destacando la Mesa Coordinadora por el Bienestar Animal, MECOBA, la cual ha reunido en torno al proyecto de ley a una veintena de activas organizaciones de la V Región provenientes de Los Andes, Quillota, La Calera, Quintero, San Antonio, Villa Alemana, Viña del Mar y Valparaíso, promoviendo una serie de indicaciones fundamentales para los proteccionistas, tales como “la obligatoriedad de la esterilización, fondos concursables para organizaciones de protección animal dedicadas a promover la tenencia responsable en todas sus formas, la prohibición del sacrificio como método de control poblacional, todo esto dentro del concepto de control ético de poblaciones” apunta la vocera de Mecoba, académica, lingüista y presidenta de la protectora más antigua de Chile, Marina González Becker.

Este proyecto de ley se complementa con otras acciones de gobierno como lo es el Plan Nacional de Esterilización, anunciado por la Presidenta Bachelet, “efectivamente, la ley contempla acciones y obligaciones orientadas a la prevención, así como a la sanción en casos de infracción y es parte de una estrategia integral del Estado que considera a las organizaciones de protección animal como parte importante del engranaje” señaló Alexandra Corail, sicóloga y coordinadora de Mecoba.

Así mismo, los diputados que han tenido un rol activo en el debate parlamentario al interior de la Comisión de Salud señalan su conformidad con el resultado final, al respecto el Vicepresidente de la Cámara de Diputados, Rodrigo González indica que se ha “opuesto a cualquier fórmula que implique matanzas como método de control y me he reunido con todas las organizaciones que han solicitado apoyo; juntos hemos impulsado las indicaciones que han mejorado sustantivamente este proyecto de ley, ahora esperamos el respaldo de nuestros colegas en Sala”.



Síntesis de Contenidos del proyecto de ley: 
  • Establece una institucionalidad encabezada por el Ministerio de Salud el cual será responsable de la política pública de control reproductivo de poblaciones caninas y felinas y tenencia responsable dictando un reglamento al efecto. 
  • Los municipios deberán dictar ordenanzas acordes con esta ley y con el reglamento. 
  • Las organizaciones de protección animal con personalidad jurídica podrán postular a fondos concursables para promover la tenencia responsable y el control reproductivo, ya sea en materia de educación y cultura, en rescate y adopciones, en asesorías jurídicas, etc. 
  • Las universidades deberán aportar desde la ciencia formando a futuros profesionales que satisfagan la demanda de veterinarios especializados en técnicas de esterilización quirúrgica. 
  • La obligación de esterilización se hace extensiva a todos los dueños de mascotas, y los criadores deberán entregar esterilizados a los animales. 
  • Así mismo, se implementará un sistema (asociado a un dispositivo elecrónico) de registro nacional de mascotas o animales de compañía, de organizaciones de protección animal y de criadores a cargo del Ministerio de Salud. 
  • Se sancionará el abandono como acto de maltrato animal y se modifica el artículo 291 bis del Código Penal en orden a crear la pena accesoria de inhabilitación absoluta perpetua para el cuidado animales a quienes sean condenado por este delito, es decir, los maltratadores no podrán tener animales a su cargo o bajo su cuidado. 
  • Se modifica también el Código Procesal Penal (artículo 111) de tal modo que las organizaciones de protección animal podrán querellarse por este delito sin que ningún tribunal de la República pueda denegarles la legitimación activa. 
  • Se prohíbe usar el sacrificio como método de control poblacional a todos los servicios públicos (no sólo a los municipios) e incluso, se extiende esta prohibición a las organizaciones de protección animal que reciban fondos provenientes del Estado. 
  • La Oficina Nacional de Emergencias (ONEMI) deberá incorporar en sus protocolos de rescate a los animales y educar a la población en la prevención y manejo de mascotas en situaciones de emergencia o catástrofe.