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martes, 8 de mayo de 2012

Fauna silvestre en cautiverio: Chile no tiene ley que regule zoológicos


"En el caso de la elefanta FRIDA, detectives de la PDI validaron un documento espurio que el zoológico de Quilpué presentó para acreditar el origen legal del paquidermo a sabiendas que el único documento válido en este caso son los certificados CITES"
Por Florencia Trujillo
Columna de opinión - Diario La Otra Voz

La fauna silvestre en cautiverio debiese estar extremadamente regulada y fiscalizada, desde una perspectiva respetuosa de la naturaleza y la biodiversidad, pero en “Chilito” eso es mucho pedir, la fauna silvestre en cautiverio está entregada, en la práctica, al laissez- faire, a las leyes del libre mercado o a la indolencia de las instituciones.

Basta una mirada rasante para identificar los problemas.
En Chile tenemos la Ley de Caza y su reglamento, cuyas normas son mayoritariamente dedicadas a las mil y una formas de dar muerte legal a los animales de fauna silvestre (permisos, temporada de caza, captura, vedas, los cotos de caza mayor y menor, etc.) y a la “utilización sustentable” (criaderos) de ésta, exceptuando las especies hidrobiológicas cuya explotación se rige por la Ley General de Pesca y Acuicultura. Las normas que regulan la cautividad de los animales de fauna silvestre son tan escasas como insuficientes (suficientes para hacer buenos negocios, eso sí).

El gran vacío legal es la falta de una ley que regule y restrinja el funcionamiento de los zoológicos en Chile legalmente llamados “centros de cría y exhibición”. Esto es especialmente grave si consideramos la proliferación en los últimos años de zoológicos privados ubicados en lugares de difícil fiscalización ciudadana o inaccesibles por el hecho de encontrarse cerrados al público general. No obstante, hay zoológicos que cuentan con presupuesto fiscal o municipal también incurren en malas prácticas denunciadas recientemente por la ciudadanía y medios de comunicación, tal es el caso de ZOO DE QUILPUÉ y ZOO METROPOLITANO.




Con todo, cuentan con una mejor protección legal aquellas especies consideradas por las convenciones internacionales ya sea porque se encuentren en peligro de extinción o en estado de vulnerabilidad (por obra y gracia de la especie homo sapiens). Chile es país suscriptor de la Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres (CITES), desde 1975, y también lo es del Convenio sobre la Conservación de Especies Migratorias de la Fauna Salvaje (CMS), desde 1981.
Sin embargo, del papel al hecho hay mucho trecho. Prueba de ello es el dictamen del 2011 de la Contraloría General de la República (CGR) que señala como absolutamente anómala la entrega en custodia de los animales decomisados (especies protegidas por CITES obtenidas ilegalmente) a los mismos infractores y sin condición alguna que restrinja la reproducción y exhibición para lucro de los mismos sancionados (circos con animales). Esta es una mala práctica histórica del SAG, el ejemplo emblemático de ello es la elefanta Ramba, decomisada desde 1997 y entregada en custodia al circo Los Tachuelas, los mismos que fueron sancionados por tenencia ilegal de todos sus animales (monos papiones, tigres, leones, elefanta). El rescate del paquidermo y actual proceso de recuperación fue posible “a pesar” del SAG y por orden del Ministerio Público.

Otra elefanta,  Frida, del zoológico de Quilpué, que en estado esquelético murió de una tuberculosis avanzada que sólo fue detectada tras la necropsia pues en vida no tuvo medicina preventiva, es otro caso insólito en el que convergen maltrato animal y tráfico de animales de especies en peligro de extinción (Elephas maximus). En medio del juicio que se llevó a cabo tras la denuncia, detectives de la PDI validaron un documento espurio que el zoológico de Quilpué presentó para acreditar el origen legal del paquidermo a sabiendas que el único documento válido en este caso son los certificados CITES (una especie de pasaporte que debe acompañar a cada animal perteneciente a fauna silvestre protegida por la Convención).
Lo cierto es que el municipio quilpueíno adquirió ilegalmente, y a título oneroso, un animal que vino a incrementar sustantivamente los ingresos por concepto de entradas al recinto de exhibición. El SAG nunca fiscalizó esta irregularidad mayor, ni el origen ilegal, ni las condiciones de tenencia, salvo el mes anterior a la muerte del ejemplar.
Recientemente se supo del caso del avestruz “Jessica”, que en un peligroso acto de escapismo recorrió 15 kilómetros por una autopista repleta de autos, al parecer su curiosidad la llevó a sortear las barreras del patio en que se encontraba. El dueño, un particular ajeno a estos temas, la adquirió casi por azar, en una suerte de remate por quiebra del criadero. ¿Pero acaso se puede tener una avestruz en el patio de la casa? Bueno, en Chile, prácticamente, sí.

Tal vez sea necesario aclarar, que lo normal es que la fauna silvestre no esté en cautiverio sino que libre y salvaje, alimentándose y reproduciéndose de modo natural, aún cuando la naturaleza esté fuertemente afectada por la actividad humana, la expansión de la urbe, de la minería, del turismo, etc.

Tenemos a los pumas (Puma concolor) prácticamente cercados y después alegamos que nos invaden y atacan “nuestro ganado”. No dejamos descansar a las aves migratorias en la desembocadura de los ríos, después de viajar miles de kilómetros desde el norte, para solaz de jóvenes turistas que practican deportes acuáticos en zonas de anidación de aves. Los zorros han visto reducida su población siendo víctimas del contrabando de colas y de los *huachis (ver pie de página). Los rifles a postón no son considerados armas en nuestra legislación, sin embargo, su uso causa estragos en la población de aves rapaces y otras especies silvestres, de generación en generación los padres inician a sus hijos en lo que ellos consideran una varonil tradición de caza deportiva, suma y sigue.

*HUACHI O GUACHI: trampa artesanal usada para cazar conejos hecha de un fino alambre que estrangula la pata atrapada con mayor fuerza en la medida de una mayor resistencia, pudiendo llegar a cercenar la extremidad. Esta técnica de caza genera gran sufrimiento en el animal, muchas veces causando una lenta agonía por descomposición del miembro afectado. Podemos afirmar con total certeza que esto es una forma tradicional de maltrato animal, muy usada en las zonas rurales y semi rurales.