Comunicado: Disolución de Ecopolis Disciplinas Integradas (1 de enero de 2021)

Anunciamos la disolución de Ecopolis Disciplinas Integradas, luego de 14 años de labor ininterrumpida por la defensa de los derechos de los ...

martes, 10 de enero de 2012

PROHIBICIÓN DE ALIMENTAR A LOS PERROS DE LA CALLE


UN GOLPE DE AUTORIDAD CRUEL, INÚTIL E ILEGAL

Ordenanzas que sancionan la compasión humana son ilegales





Una ordenanza que castiga el acto de compasión (dar de comer al que padece hambre), imponiendo medidas crueles y anacrónicas, retrotrae la historia a los tiempos más oscuros de la inquisición. Esta prohibición  vulnera  el  espíritu  y  naturaleza  humana  y afecta  el  “derecho a  la  integridad psíquica  de  las  personas”,  constitucionalmente  garantizado  en  el  artículo  19  de  la  Carta Fundamental.  

Por  otra  parte,  la  sanción  a  la  generación  de  “focos  de  insalubridad”  ya  está contemplada en el Código Sanitario, por tanto no puede una ordenanza invadir materias propias de ley. 

Efectivamente, la ley no impide que una persona dé de comer a un perro en la calle si con ello no genera suciedad o peligro objetivo para la salud de  las personas. Hoy en día, se usa el pellet o comida seca, formato práctico y limpio de “alimento para mascotas”. 

Pero si la finalidad de algunos municipios,  tras  castigar  la  compasión  y  desincentivar  el apadrinamiento,  es  “impedir  la  reproducción  canina  de  las  calles”  ha  de  saber  que  peca  de ignorancia supina respecto de cuál es el origen de la sobrepoblación de perros en las calles. La "fábrica" de perros se haya en  las casas, no en las calles. Son  los animales con dueño o que han tenido dueño  los que sobrecargan el sistema ecológico pues  los perros sin dueño,  tienen  baja  tasa  de  fertilidad  y  casi  nula  capacidad  de  sobrevivencia  tras  el nacimiento, la tasa de mortalidad a temprana edad es impresionante para los perros que nacen y crecen en  la calle. 

Contrario a  lo que pudiera pensarse, dar de comer, o más completamente, apadrinar  a  un  perro  de  barrio  es  una  excelente  forma  de  hacer  “control  de  nicho”, medida recomendada por  la Organización Mundial de la Salud para estabilizar  las poblaciones caninas  logrando un envejecimiento de grupos que sirven de muro de contención de nuevos flujos de perros. Las medidas de “control de nicho” incluyen esterilización *(TNR), socialización, control sanitario y alimentación. 

A juicio de Ecópolis, aquellos ciudadanos que han sido amonestados o multados por municipios que castigan puntualmente la libertad de las personas de actuar conforme a un imperativo ético, como lo es la compasión con el ser que sufre, pueden, eventualmente, presentar un reclamo de ilegalidad ante la Contraloría General de la República o interponer un Recurso de Protección ante la respectiva Corte de Apelaciones por afectación del derecho a la integridad psíquica de las personas.



*TNR: take,neuter and return (tomar, esterilizar y devolver al mismo lugar); medida de control de poblaciones caninas recomendada por la Organización Mundial de la Salud (OMS).


Ecopolis, Disciplinas Integradas