Comunicado: Disolución de Ecopolis Disciplinas Integradas (1 de enero de 2021)

Anunciamos la disolución de Ecopolis Disciplinas Integradas, luego de 14 años de labor ininterrumpida por la defensa de los derechos de los ...

jueves, 4 de noviembre de 2010

Desde Ginebra, sede de la convención CITES, hacen saber al gobierno de Chile su preocupación por el caso de la elefante Ramba


Tras el envío de un informe completo que denuncia las gravísimas irregularidades cometidas por el Estado chileno a la Convención CITES en el caso de la elefante asiático (especie en peligro de extinción) RAMBA:


Desde Ginebra, la capital mundial de la Convención CITES, se ha hecho saber a las autoridades chilenas la preocupación y atenta mirada del órgano superior sobre lo que está ocurriendo en Chile con el caso de Ramba (el último elefante esclavo en Chile), decomisada el año 1997 y entregada en custodia, por el gobierno de Chile, al mismo dueño del circo a quien se le confirmó la sanción de decomiso.

Paradojalmente, el Santuario de Elefantes más prestigiado del planeta ha aceptado a Ramba para darle una nueva vida junto a otras decenas de elefantes rescatados de situaciones de explotación pero la respuesta del SAG frente a esta propuesta ha sido dar la preferencia de custodia al circo.


A continuación hacemos pública la misiva enviada a la Secretaría CITES, luego de que Elba Muñoz, Directora del Centro de Primates de Peñaflor, entregara personalmente el completo informe sobre Ramba en Ginebra, Suiza.



Sr. Juan Carlos Vásquez
Secretaría CITES
Ginebra
PRESENTE
   
De nuestra consideración:

Junto con saludarle cordialmente agradecemos a Ud. la excelente acogida en Ginebra de nuestra amiga y compatriota Elba Muñoz y, también, apreciamos enormemente la recepción de nuestro informe sobre la elefante asiático de nombre Ramba. Dicho esto le rogamos tenga a bien considerar la solicitud que en este acto hacemos a la Secretaría CITES (fauna silvestre) y cuyos antecedentes explicamos a continuación:

El caso de Ramba es un claro ejemplo de cómo NO se deben hacer las cosas, pues su historia es vulnera la convención CITES, de la cual Chile es Estado Parte. El animal es decomisado el año 1997 pero materialmente nunca es retirado del circo "Miami", el cual lo vende (comercio ilícito) al Sr. Joaquín Maluenda Quezada dueño del circo "Los Tachuelas" quien, buscando evadir lo resuelto entonces por la autoridad, infructuosamente apela del decomiso pues el año 2004 se confirma la sanción por parte de la autoridad.

Sin embargo, estando confirmado el decomiso del ejemplar CITES I, es entregado en calidad de custodia temporal al mismo infractor (dueño del circo Los Tachuelas), sin estar éste siquiera inscrito en el Registro Nacional de Tenedores de Fauna Silvestre, situación absolutamente irregular. Nunca hubo un Acta de Entrega oficial, es decir, no se establecieron condiciones de mantención. 

A ello se añade el hecho de que la autoridad administrativa CITES en Chile NO ha cumplido con la Resolución 10.7 de la Conferencia de las Partes ("Árbol de Decisiones"), la cual establece un orden de preferencias respecto del destino que se debe dar a los animales decomisados, muy especialmente tratándose de especímenes de especies listadas en el Apéndice I de CITES. El SAG (autoridad administrativa) simplemente NO ha buscado opciones para Ramba. NO existe oficio alguno dirigido a zoológicos, y sin embargo, sabemos con certeza que en Chile, hay al menos dos que desean brindarle a Ramba una vida de acuerdo a lo que los expertos en comportamiento animal señalan como "necesidades especie-específicas".

Pero la historia se complica aún más con la siguiente noticia: hemos enviado el informe extraoficial de Ramba, más una serie de antecedentes, a uno de los Santuarios de Elefantes más prestigiados en el mundo entero, el Elephants Sanctuary inTenneesse, efectivamente nos comunicamos con ellos y aceptaron preliminarmente recibir a Ramba. Si embargo, como toda institución responsable y profesional, ha solicitado un "informe oficial" con especificaciones sanitarias de Ramba, incluyendo exámenes de sangre (puntualmente: exámen de sangre, test de tuberculosis, exámen de trompa, de patas y edad clínicamente establecida).
                      
Ese "informe veterinario oficial del SAG" (que, por cierto, nosotros objetamos por falta de rigor científico) aún no es enviado por el SAG al Santuario, ni a ningún otro lugar de búsqueda para Ramba. Es decir, y no obstante su deber de búsqueda, el SAG no ha buscado un lugar idóneo para la elefante ni en el extranjero ni en Chile bajo el argumento de que un cambio de lugar y de cuidadores puede ser psicológicamente perjudicial para el animal. El SAG contraviene abiertamente la resolución 10.7 (Árbol de Decisiones) de CITES por considerar que quienes han explotado económicamente a Ramba durante todos estos años son los mejores cuidadores que el animal CITES I puede tener... Impresentable argumento.

De no cumplirse, en este caso, debidamente la ley y la convención CITES (particularmente la Resolución 10.7) Ramba permanecerá el resto de su vida en un cubículo de 300 o 400 mts. cuadrados, sintiendo el olor a petróleo que emana de los enormes camiones circenses que llegan a estacionar en un terreno que no es más que un centro de acopio de animales, sin pares con quienes socializar, como un premio para quienes han lucrado con ella durante largos años de su vida.

A ese lugar que no tiene árboles, ni vegetación le llaman "Parcela de Descanso" y no se compara a la vida que ofrece el Santuario de Elefantes de Tenessee para Ramba, el link es:  http://www.elephants.com

Estimado Juan Carlos, por todo lo señalado anteriormente, solicitamos respetuosamente un pronunciamiento de la Secretaria Cites, en orden a recomendar al Estado de Chile:
 
El cumplimiento y la aplicación de la Resolución 10.7 en el caso de Ramba y
En la práctica, recomendando la comunicación con el Santuario de Tenneesse y con todas las entidades, dentro y fuera de Chile, que puedan brindar una alternativa de hábitat para un animal CITES I decomisado precisamente a un circo por tenencia ilegal.
Conforme a ello, recomendar o aconsejar la elaboración de un informe clínico de Ramba que satisfaga las respuestas que requiere el Santuario y que contemple la participación interdisciplinaria de profesionales, especialistas en fauna silvestre, bienestar, y comportamiento animal.

Usted puede encontrar un video sobre Ramba en el siguiente link: http://www.youtube.com/watch?v=jHElQqJ0zdk


Desde ya le estamos muy agradecidos por su tiempo y quedamos a la espera de vuestro comentario.

Saludos cordiales, 

 
Florencia Trujillo                                                   Ricardo Cirio
Directora                                                             Coordinador Nacional
Ecopolis, Disciplinas Integradas                           Animanaturalis - Chile




CITES: Convención Sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Flora y Fauna Silvestres, de la cual Chile es Estado Parte desde 1975, más información en : http://www.cites.org

SAG: Servicio Agrícola y Ganadero, autoridad CITES en Chile, dependiente del Ministerio de Agricultura. Responsable de la fiscalización, sanción y rescate de los animales de especies protegidas por la convención CITES.

Elephant Sanctuary in Tenessee: Santuario de elefantes rescatados, con miles de hectáreas de extensión, praderas naturales, lagos, cauces de agua, especialistas en el cuidado y rehabilitación de los paquidermos. 
Ver: http://www.elephants.com


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