Comunicado: Disolución de Ecopolis Disciplinas Integradas (1 de enero de 2021)

Anunciamos la disolución de Ecopolis Disciplinas Integradas, luego de 14 años de labor ininterrumpida por la defensa de los derechos de los ...

viernes, 14 de mayo de 2010

La cultura del maltrato animal presente en los Circos y en las instituciones públicas del Chile Bicentenario

Para mejor comprensión de esta nota, el concepto "maltrato animal" debemos interpretarlo o aplicarlo en un sentido legal, presente en el artículo 291 bis de nuestro Código Penal. Esta norma contempla y sanciona con penas de presidio menor y/o multa a quien cometa actos de maltrato o crueldad con animales. No obstante, dicha norma no describe en qué consiste o puede consistir el acto delictivo propiamente tal.

Lo bueno de tener una figura penal abierta como esta (que no describe la conducta constitutiva del ilícito) es que permite establecer el maltrato caso a caso y a la luz de los "conocimientos científicamente afianzados", es decir, de acuerdo al avance de la ciencia y no de los prejuicios, creencias, o subjetividad de una persona que no tiene idea de animales y menos de fauna silvestre.

Por lo tanto es labor del magistrado y del Ministerio Público establecer, de acuerdo al mérito del proceso, si hubo o no delito de maltrato animal y la responsabilidad penal que corresponda al o los autores.

Entonces, cabe hacerse preguntas tales como ¿cómo puede un juez, el Ministerio Público o, en su caso, el SAG determinar cuándo un elefante o un felino padece maltrato animal, por ejemplo? (en Chile, efectivamente se han decomisado elefantes a circos pero no por "maltrato animal" sino bajo la figura de ilegalidad) ¿a quién consulta o a quién debe consultar para ilustrarse respecto de la necesidades y condiciones de bienestar de la fauna silvestre en cautiverio?

Muchas denuncias de maltrato animal a los circos han quedado en nada porque existe la errada postura, al interior de las instituciones de Justicia, de que el maltrato animal sólo afecta el interés público si constituye un acto positivamente despiadado, cruento y llamativamente sanguinario; cuestión difícil de probar en la mayoría de los casos.


Se añade el hecho de que el Servicio Agrícola y Ganadero (SAG), al fiscalizar las condiciones de tenencia de los animales, no indaga en el sistema de "adiestramiento", tampoco hace un diagnóstico relativo al estrés que sufren los individuos no humanos durante la función circense, no considera trastornos de conducta, de hecho no tiene expertos en fauna silvestre y, por supuesto, carece de un parámetro objetivo de medición de todo lo anterior. Qué más se puede pedir a un servicio concebido para el fomento productivo silvoagropecuario, que tiene contemplado (y priorizado) en su estructura la Unidad de Semilla pero no de Fauna Silvestre.

Sin embargo, el rol del que investiga en el sistema de Justicia, es decir, Ministerio Público, Policía de Investigaciones (a través de su brigada especializada en delitos medioambientales, BIDEMA) es precisamente ir más allá de lo aparente, aún cuando (y a pesar de que) exista una especie de pseudo cultura que legitima el uso de animales en los circos. Vemos cómo desperdician la oportunidad de sentar precedente y, pudiendo hacerlo, no solicitan los informes periciales a los especialistas en comportamiento animal y en fauna silvestre en cautiverio.


Existe una excepción en la persona de Pamela Salgado Rubilar, fiscal de Puerto Montt, quién en febrero de este año 2010 solicitó a petición de Ecópolis Disciplinas Integradas (organización defensora de derechos animales) un informe pericial al veterinario y etólogo (especialista en comportamiento animal) y académico de la U. Santo Tomás, Gonzalo Chávez; además ha ordenado diligencias de investigación a la BIDEMA en numerosos caso de maltrato animal, no solo a circos. Esta fiscal se las arregla para reprimir el delito en cuestión utilizando las herramientas legales de nuestro sistema penal ¿por qué no lo hacen otros fiscales a lo largo del país puntualmente con los circos con animales en casos de denuncia?

En mi opinión no se ha hecho Justicia en las causas de maltrato animal debido a la indiferencia frente al tema, rotulada como "falta de antecedentes suficientes". Efectivamente el sufrimiento de un tigre, de un león, de un canguro "boxeador" no puede competir (en presupuesto asignado y hora/hombre) con un homicidio, una violación, un robo a mano armada. Con todo, se ignora que en el caso de los circos es común la concurrencia de delitos asociados al maltrato animal, como es la tenencia ilegal, el tráfico de animales, y otros. Caso emblemático es la elefanta RAMBA, que se encuentra decomisada al Sr. Joaquín Maluenda (circo Los Tachuelas) por ilegalidad desde el año 1997 y que pese a la sanción legal hoy continúa siendo explotada en los mismos términos que a la época del decomiso.
A ojos del mundo, el Chile del bicentenario perpetúa el maltrato animal en los circos y de la peor manera, de un modo que para muchos es desconocido, pues el Estado permite la presencia de animales ilegales en los circos, y su reproducción. Ejemplares que incluso estando decomisados son entregados en custodia a los mismos circenses para que "cuiden" de ellos, como RAMBA, prisionera de la indolencia de nuestras instituciones, cautiva de la ignorancia de quienes asisten al circo, esclava de la caja registradora de su amo; pobre Ramba, su sepultura en vida es una carpa de circo. Como ella, hay numerosos casos de animales decomisados pero entregados en calidad de "custodia temporal" a los mismos tenedores infractores.

En este sentido falta una mirada integral y determinación para adoptar las medidas que, por cierto, demanda el cumplimiento de la Ley de Caza y la CITES.

Pero ¿es posible brindar condiciones de bienestar bajo un régimen de cautiverio itinerante? ¿Qué dice la ciencia al respecto? Mientras transcurría el año 2008 y en el Congreso se discutía y aprobaba la ley 20.216 que legitima la explotación de los animales "amaestrados" en lo circos ¿fue convocada la opinión de los expertos en estas materias? ...................... Cri, cri, cri.

Conclusión (una de muchas): ¡Que vivan los Circos... Pero sin animales!


Florencia Trujillo A.
Licenciada en Ciencias Jurídicas
Universidad de Chile
Ecópolis Disciplinas Integradas