La lucha por la libertad de Ramba

En entrevista con EPA news , Florencia Trujillo, abogada de Ecópolis, da cuenta de la lucha por la libertad de Ramba cuando estaba en pode...

martes, 9 de septiembre de 2008

El TRAFICO DE LA FAUNA SILVESTRE Y LA TRISTE SITUACION DE CHILE RESPECTO DE ESTE TEMA

La Directriz 10.31 de la Convención Sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres (CITES), que señala la implementación y gestión de los países miembros de la Convención, en el marco del cumplimiento de los principios y operatividad establecidos por dicho compromiso internacional, situó a Chile en uno de los últimos lugares del ranking latinoamericano. Esta posición se debió al incumplimiento de la propia normativa y no a la falta de una estructura legal adecuada, como era el caso de otros países. Durante la '1ª Conferencia Sudamericana Sobre el Comercio Ilegal de Fauna Silvestre', desarrollada en el mes de julio de 2001 en Brasil, el representante de TRAFFIC para Latinoamérica, señaló uno de los problemas que su institución había detectado en diversos países en cuanto el cumplimiento de CITES y el control del tráfico de especies silvestres, que era la legalización del comercio ilícito, a través de las normativas internas de cada país. Con esto, se dejaba de transgredir se restablecía la norma y se daba una imagen de cumplimiento y control del comercio internacional de fauna silvestre. En esta conferencia nuevamente se mencionó a Chile como uno de los países de Latinoamérica en que resultaba más fácil tanto evadir las barreras internacionales, así como obtener documentación que respaldase la tenencia de los animales silvestres obtenidos ilícitamente. En el mes de septiembre de 2001, en Cartagena de Indias, Colombia, se desarrolló el 'V Congreso Internacional Manejo de Fauna Silvestre en Amazonía y Latinoamérica, Criterios de Sostenibilidad'. Dicho evento, entre otras actividades, desarrolló una mesa de trabajo de especialistas en el problema del tráfico de fauna silvestre. Se proclamó de nuevo, en este certamen internacional, nuestro país obstaculizaba la aplicación de la normativa de control del comercio ilegal, cuando los traficantes, especialmente el caso de algunos circos, literalmente huían hacia Chile, para luego volver con documentos, que si bien en un marco jurídico estricto no legalizaban la situación de los animales en cuestión, sí dificultaban la gestión que dichos países realizaban. Chile es un país principalmente importador de Fauna silvestre y no tanto un exportador los países centroamericanos o pertenecientes a la zona tropical de Sudamérica, en consecuencia parece pertinente realizar un análisis que despeje algunas inquietantes preguntas en torno a este temas. 

 · ¿Por que Chile ha llegado a ser mencionado en eventos internacionales como un país en que las regulaciones de exportación, importación y otros parecen no cumplirse y le otorgan al país una imagen deteriorada en estas materias?

· ¿Chile carece de herramientas jurídicas adecuadas y se requiere de un cuerpo legal adecuado? 

 · ¿Chile adolece de la infraestructura adecuada para ejercer el control y además los funcionarios dedicados a tales labores carecen de la debida preparación para llevar a cabo la misión que le compete en el ámbito del convenio CITES? 

 · ¿Chile parece tener prioridades distintas u orientadas en direcciones distintas traduciéndose en lo que se denomina problemas de voluntad, es decir una actitud funcionaria displicente?  

La experiencia de un especialista en CITES e Inspector de Caza ad-honorem, le permitió a el concluir cuatro puntos fundamentales para reconocer la realidad existente: 

 1. La demanda por especies exóticas, la presión de tráfico y comercio ilícito de especies amenazadas en Chile, van en claro aumento. 

2. Las herramientas legales vigentes en Chile, que permiten combatir la actividad de tráfico y comercio de flora y fauna silvestre amenazada, aunque presentan algunas situaciones que merecen dudas o que debiesen sufrir ciertas correcciones, existen y están plenamente establecidas. 

3. La experiencia de interacción entre los Inspectores de Caza ad-honorem y la Policía (Investigaciones de Chile y Carabineros de Chile), ha dado importantísimos resultados, con impacto no sólo en las redes de tráfico nacional, sino que con sus conexiones en los países vecinos. Tan efectivo ha sido este trabajo, que este modelo ha sido presentado en reuniones nacionales del Servicio Agrícola y Ganadero, causando críticas y sugiriendo cambios en las políticas de fiscalización y control de la Ley de Caza, que lamentablemente no han sido aplicadas, continuando la crítica internacional de la acción de Chile con relación a CITES, por lo que este problema debiese ser planteado y resuelto a nivel Estatal y no Gubernamental. 

 4. Considerando que la jurisprudencia nacional en cuanto al entendimiento de conceptos especiales como "comercio" para CITES, que ya esta definido expresamente en este Convenio y que es Ley en Chile, se le debe dar su significado legal, de modo que más conforme parezca al espíritu general de esta legislación. Así, la definición y sanción del Comercio de especímenes regulados por CITES, entendiendo por "comercio de especímenes CITES" a toda acción realizada con dichos individuos que no provengan de un criadero establecido en conformidad a la Ley, se debe entender como originada por la importación al territorio nacional de ese espécimen, por lo que su conocimiento y sanción, señalado en el artículo 30º de la Ley de Caza, es de competencia del Juzgado del Crimen y no de la Autoridad Administrativa (el SAG).

Fuente: Conservación para la Vida Silvestre (COVS), Chile.

Sitio: www.geocities.com/covs_investigacion

Ecopolis, Disciplinas Integradas

¿QUE ES CITES ?

La CITES (Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres) es un acuerdo internacional concertado entre los gobiernos . Tiene por finalidad velar por que el comercio internacional de especímenes de animales y plantas silvestres no constituye una amenaza para su supervivencia. La amplia información disponible actualmente sobre el peligro de extinción de muchas especies simbólicas, como el tigre y el elefante, podría hacer pensar que la necesidad de una convención semejante era evidente. 
 
No obstante, en el momento en que se esbozaron por primera vez las ideas de la CITES, en el decenio de 1960, el debate internacional sobre la reglamentación del comercio de vida silvestre en favor de la conservación era algo relativamente novedoso. A posteriori, la necesidad de la CITES es indudable. Se estima que anualmente el comercio internacional de vida silvestre se eleva a miles de millones de dólares y afecta a cientos de millones de especímenes de animales y plantas. 
 
El comercio es muy diverso, desde los animales y plantas vivas hasta una vasta gama de productos de vida silvestre derivados de los mismos, como los productos alimentarios, los artículos de cuero de animales exóticos, los instrumentos musicales fabricados con madera, la madera, los artículos de recuerdo para los turistas y las medicinas. Los niveles de explotación de algunos animales y plantas son elevados y su comercio, junto con otros factores, como la destrucción del hábitat, es capaz de mermar considerablemente sus poblaciones e incluso hacer que algunas especies estén al borde de la extinción. 
 
Muchas de las especies objeto de comercio no están en peligro, pero la existencia de un acuerdo encaminado a garantizar la sustentabilidad del comercio es esencial con miras a preservar esos recursos para las generaciones venideras.
 
Habida cuenta de que el comercio de animales y plantas silvestres sobrepasa las fronteras entre los países, su reglamentación requiere la cooperación internacional a fin de proteger ciertas especies de la explotación excesiva. La CITES se concibió en el marco de ese espíritu de cooperación. Hoy en día, ofrece diversos grados de protección a más de 30.000 especies de animales y plantas, bien se comercialicen como especímenes vivos, como abrigos de piel o hierbas disecadas. 
 
La CITES se redactó como resultado de una resolución aprobada en una reunión de los miembros de la UICN (Unión Mundial para la Naturaleza), celebrada en 1963. El texto de la Convención fue finalmente acordado en una reunión de representantes de 80 países celebrada en Washington DC., Estados Unidos de América, el 3 de marzo de 1973, y entró en vigor el 1 de julio de 1975. 
 
La CITES es un acuerdo internacional al que los Estados (países) se adhieren voluntariamente. (Chile esta adherido a este acuerdo). Los Estados que se han adherido a la Convención se conocen como Partes. Aunque la CITES es jurídicamente vinculante para las Partes -en otras palabras, tienen que aplicar la Convención- no por ello suplanta a las legislaciones nacionales. Bien al contrario, ofrece un marco que ha de ser respetado por cada una de las Partes, las cuales han de promulgar su propia legislación nacional para garantizar que la CITES se aplica a escala nacional. Durante años la CITES ha sido uno de los acuerdos ambientales que ha contado con el mayor número de miembros, que se eleva ahora a 173 Partes.
 
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viernes, 5 de septiembre de 2008

SABADO 13 DE SEPTIEMBRE, MANIFESTACIÓN PACIFICA EN VIÑA DEL MAR

Los invitamos a participar y a manifestarse a favor de esta causa en una marcha pacifica.

Porque el mundo esta cambiando, porque no es justo, porque no tienen una vida digna es que no queremos circos con animales, queremos que el circo sea un espectáculo donde se de privilegio a las destrezas humanas y donde los animales no deban ir en contra de su naturaleza, para divertimiento de los humanos.

Por eso esperamos contar con vuestra presencia para demostrar que las nuevas generaciones tenemos otra visión, una de respeto por todas las especies.

¡Que viva el circo, pero…. SIN ANIMALES ¡

Sábado 13 de septiembre, 11:00 hrs, Plaza Viña

Convoca: Animalismo V

Apoyan: Ecopolis, Disciplinas Integradas, ECCLA, Cruzada por la Vida Animal, De la calle a un hogar, Colectivo Conciencia Animal y ADI Animal Defenders Internacional.

Más información en: animalismo.v@gmail.com

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sábado, 30 de agosto de 2008

SER VEGANO

El veganismo es una filosofía y un estilo de vida basado en el respeto hacia los animales. Por su respeto a los animales el veganismo se posiciona éticamente rechazando el especismo (El especismo es análogo a otras formas de discriminación como el sexismo, el racismo o el heterosexismo en los cuales se utiliza como criterio moral una determinada característica que en la realidad es moralmente irrelevante) por el contrario el veganismo está a favor de los derechos animales producto de su visión sensocentrista de la vida. En cuanto a derechos animales el veganismo es abolicionista, es decir, no busca una mejora en las condiciones de vida de los animales explotados como pide el bienestarismo (este fomenta la noción que los animales que están esclavizados y son asesinados pueden tener bienestar, pero un bienestar genuino es incompatible con la esclavitud, la muerte y cualquier otro abuso) sino el fin de las actividades que los explotan, por ello, para ser coherente con sus principios, el vegano deja de participar en dichas actividades de forma directa e indirecta absteniéndose del total uso o consumo de productos de origen animal. Por su rechazo al especismo y por su respeto hacia los animales no humanos el veganismo, por coherencia, se traduce en la práctica en lo siguiente: 
 
Dieta: 100% vegetal, es decir, excluye por completo los productos de origen animal. 
Vestimenta y calzado: Renuncian a los tejidos de origen animal.  
Productos testeados en animales: Evitan los productos que están elaborándose mediante experimentación animal. 
Ocio: No asisten a espectáculos en los que utilicen animales.  
 
La palabra "veganismo" denota una filosofía y una forma de vida que tiene por objeto excluir -tan lejos como ésto sea posible y práctico- todas las formas de explotación y crueldad hacia los animales usados para alimentos, ropa o para cualquier otro fin; y por extensión, promueve el desarrollo y la utilización de alternativas que estén libres del uso de animales en beneficio de los seres humanos, de los animales y del medio ambiente. Para mayores antecedentes sobre este tema recomendamos visitar la página de la Sociedad Vegetariana Vegana Homo Vegetus. Aquí podrá encontrar orientación para hacer la transición, recetario vegano e información relacionada.
 www.homovegetus.cl 
 
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jueves, 28 de agosto de 2008

NUESTRO PAN DE CADA DIA

Bienvenidos al mundo de la producción industrial de alimentos y de las granjas de alta tecnología. Al ritmo de las cintas transportadoras y las inmensas máquinas, la película nos muestra diferentes lugares de Europa en los que se producen alimentos. Lugares monumentalmente grandes, paisajes surrealistas y sonidos extraños. Un frío entorno industrial que deja poco espacio al individualismo. Las personas, los animales, las cosechas y las máquinas juegan un papel importante en la logística del sistema que proporciona "el sustento de vida de nuestra sociedad"... Nuestro Pan de Cada Día es una mesa a gran escala de un festín que no siempre es fácil de digerir y del que todos formamos parte. Una experiencia cinematográfica meticulosa que permite al público ver una realidad que no está disponible y que muchos no imaginan o siemplemente obvian.

Titulo original: Unser Täglich brot Dirección: Nikolaus Geyrhalter País: Auatria Año: 2005 Duración: 92 minutos Género: documental 

Puedes ver este documental en linea en el siguiente link: http://video.google.com/videoplay?docid=7503114938586558117&hl=en  

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MALTRATO ANIMAL, una realidad....

Legalidad, Política Criminal y Sociedad Civil 

Temas pendientes:
 
1.- Nuestro Código Civil al definir las varias clases de bienes señala a modo ejemplar de las cosas corporales muebles a los animales, en el inciso primero de su artículo 567. Esta norma refleja una cosmovisión propia de la época en que fue promulgado el Código Civil, hablamos del año 1855. Entonces, en nuestra legislación los animales son considerados cosas, y de ello se derivan una serie de consecuencias, por ejemplo, hoy no existen restricciones legales para acceder a la propiedad de animales; salvo fauna silvestre, Convenio CITES, vigente en Chile. Luego, el derecho de propiedad sobre un animal se puede ejercer de manera amplísima sólo con la limitación legal del art. 291 bis del Código Penal (ésta norma no niega la condición de bien mueble a los animales pero les reconoce tácitamente la calidad de seres sintientes). Se requiere, modernizar la legislación modificando el status jurídico de los animales; un primer y fundamental paso es sustraerlo del artículo 567 del Código Civil para que deje de ser una cosa y pase a tener una categoría especial. 
 
2.- Primeramente aclarar que en Chile Si existe sanción contra el maltrato animal: es el artículo 291 bis del Código Penal (incorporado el año 1989). La solución a los constantes actos de crueldad o maltrato para con los animales no va por el lado de endurecer las penas (excepcionalmente sí a ciertas formas específicas de maltrato). Si se endurecen de manera uniforme las penas al maltrato animal la gente va a denunciar menos pues muchas veces el reproche es entre vecinos o personas con algún grado de cercanía; o también puede haber temor a sufrir represalias. El problema NO es la falta de norma sancionatoria sino la falta de una Política Criminal. Por ello, se hace hoy necesario que el Ministerio Público instruya a sus fiscales regionales en orden a recepcionar adecuadamente las denuncias por maltrato animal, sobre todo aquellas que aportan antecedentes suficientes para iniciar investigación. La mayoría de las escasas denuncias por maltrato animal son archivadas por falta de antecedentes (no hay testigos, no hay fotos, no hay grabaciones) o se aplica el "principio de oportunidad" por considerar que "no comprometen gravemente el interés público", esto último es la regla general. Otro problema es que mientras haya pocas denuncias los delitos de maltrato animal no podrán competir con aquellos delitos que sobrecargan el sistema de justicia (la personas NO denuncian por la reticencia a ser testigo en una causa criminal). Para exigir que haya una voluntad política de persecución de la responsabilidad penal en este tipo de delitos de acción pública las personas deben denunciar. Para el sistema de justicia si no hay, al menos, denuncia es como si no se perpetrara el delito.  
 
3.- Hasta el año 2005 existió una norma del código procesal penal que permitió a cualquier persona, natural o jurídica, querellarse por delitos que atentasen contra "intereses sociales relevantes". Con su derogación, se perjudicó a la sociedad civil en sus derechos fundamentales. Es decir, hoy los particulares sólo pueden deducir querella cuando se vulneren sus intereses individualmente considerados, por ejemplo cuando se trate de proteger el derecho de propiedad en el robo, o el derecho a la integridad física en el delito de lesiones, o el derecho a la intimidad en la violación de correspondencia. La derogación de esa prerrogativa de la sociedad civil es a nuestro juicio inconstitucional por vulnerar derechos garantizados en la Carta Fundamental, por tanto, su restauración, es un tema pendiente tanto para las organizaciones de protección animal como para otras que promuevan o defiendan bienes jurídicos colectivos o socialmente relevantes. Lo anterior ha dado pie para que los tribunales (no todos) rechacen querellas por maltrato animal por considerar que la parte querellante no es víctima del delito, es decir, no es parte ofendida. Cuestión, a todas luces, absurda pues de esta forma no se entiende quién o quiénes tendrían derecho a deducir acciones legales (legitimados activos) luego de efectuada o no la denuncia por los delitos 291 y 291 bis del Código Penal. El delito del art. 291 bis del Código Penal, crueldad o maltrato animal, NO protege la propiedad (para eso se contempla otro tipo penal llamado delito de daño) sino un status moral social, un bien jurídico de carácter colectivo. ¿Quién es la parte ofendida con el delito en cuestión?: La sociedad en su conjunto, especialmente los grupos intermedios (reconocidos por la Constitución de la República, art. 1º inciso segundo) cuya función específica es la protección animal.
 
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martes, 19 de agosto de 2008

23 de agosto 2008 nueva jornada del Ciclo de charlas animalistas "Derechos animales, Legislación y Org. de Protección animal en Chile y el mundo"

 
El pasado mes de julio iniciamos el ciclo de charlas llamado "Derechos Animales, Legislación y Organizaciones de Protección Animal en Chile y el mundo" cuya finalidad es compartir temas sobre protección animal, a las cuales todas las personas interesadas pueden asistir, tanto miembros de organizaciones proteccionistas, como ambientalistas y otras, además de personas individuales. 
 
Esta nueva jornada tendrá lugar este sábado 23 a partir de las 16:00 hrs en el Colegio Ingles San Patricio de Viña del Mar
 
En la invitación se encuentra toda la información detallada. 
 
Los esperamos para compartir temas de interés, además de un apetitoso catering, hora de termino 20:30 hrs. 
 
* Para leer la invitación, clikear sobre la imagen

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La tierra...

COMIDA VERDE
 
Al comer también contaminamos. En Inglaterra los restaurantes que sirven comida con productos importados inevitablemente crean un promedio de 5 kilogramos de dióxido de carbono que se integra a la atmósfera, debido al tiempo que se invierte en su transporte desde el país de origen al punto de venta y de ahí al lugar de preparación. En comparación, si los ingredientes fueran producidos localmente, el gasto de CO2 sería de apenas 51 gramos. La idea de un restaurante “verde” o conscientemente ecológico se basa en que los dueños tengan en cuenta el costo real de la preparación de los alimentos en términos ambientales y al cocinar sus alimentos utilicen ingredientes creados en su propia localidad o país. Al investigar en 40 restaurantes londinense, científicos de la Universidad Nottingham, Inglaterra, concluyeron que 35% de las emisiones de gases de efecto invernadero que el país produce se deben al transporte de comida, y que la industria alimenticia es el tercer contribuyente de este tipo de emisiones a nivel industrial. Estiman que al menos 30% del calentamiento global es causado por los sistemas globales de agricultura y producción, y transporte de comida. Fuentes: Revista Muy Interesante. Link interesante: www.chilevegatariano.cl
 
QUIJADAS EN PELIGRO
 
La mitad de las especies de tiburones se encuentran en riesgo de extinguirse del planeta. Esto de acuerdo con un estudio, el primero en su categoría, llevado a cabo por la Internacional Union for Conservation of Nature, con sede en Suiza. De un total de 21 especies de tiburones pelágicos, once han registrado una drástica disminución en su población hasta llegar a niveles peligrosos debido a la pesca selectiva y a la indirecta. El incremento en algunos países asiáticos de la demanda de la “sopa de aleta de tiburón” es otro factor que ha influido en la disminución de su número. Estas especies son vulnerables porque alcanzan tardíamente la madurez sexual y tienen pocas crías. Fuente: Revista Muy Interesante. 
 
PRECIO DEL MAR
 
Un estudio de la World Wild Foundation hizo el cálculo del valor económico del mar. Tomando en cuenta los beneficios que de él se obtienen, desde la pesca, medicina y nuevas tecnologías, genera 21 millones de millones de dólares al año, cifra astronómica si se compara con que sólo el 0,5% de su superficie ha sido declarada área protegida. Las empresas pesqueras del mundo, con 40 millones de trabajadores, ganaron tan sólo en el año 2004 casi 85.000 millones de dólares; su fuente de trabajo, el mar, se encuentra en riesgo por la contaminación y la sobreexplotación. Las áreas de alta biodiversidad, que contienen elementos en su ecosistema capaces de favorecer la producción de gran cantidad de antibióticos y productos farmacéuticos, fueron valuadas en 6.000 dólares por hectárea en materia medicinal. El estudio pretende poner sobre la mesa una de tantas razones más para proteger a los océanos del planeta. 
 
Fuente: Revista Muy Interesante.
 
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domingo, 10 de agosto de 2008

EARTHLINGS

EARTHLINGS
Excelente documental que sin duda vale la pena ver y difundir.
Earthlings (Terrícolas) o habitantes de la tierra es un excelente documental que relaciona la naturaleza, los animales y los humanos. Muestra la total dependencia que el hombre tiene de los animales (para su uso como mascotas, comida, entretenimiento, vestuario e investigaciones científicas) acentuando la total falta de respeto y humanidad de muchos para con lo que ellos llaman “recursos naturales“.
En una investigación duró 5 años, se grabó con cámaras ocultas la realidad de tiendas de mascotas, criaderos de animales, refugios, granjas industriales, mataderos, el comercio de pieles y cuero, deportes, entretenimientos e investigación científica. En la hora y media que dura el documental, nos muestran cuán lejos llega el maltrato que el hombre da a todo tipo de animales para satisfacer sus necesidades económicas.
El documental está narrado por Joaquin Phoenix y la música está hecha por Moby. Escrito y dirigido por Shaun Monson, en el año 2005. Earthlings nos permite abrir los ojos a la realidad, instándonos a dejar de mirar hacia otro lado y asumir nuestra total responsabilidad en esta global situación cruel e insostenible.Todos somos habitantas de la tierra, make the connection !!
 
Duración: 1:35 minutos
Procedencia: The Nation Earth Organization
Fecha de producción: 2005
Dirección: Shaun Monson
Narrador: Joaquín Phoenix
Musica: Moby
 
Puedes ver este documental en línea, haciendo clik en:

 
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Liberación Animal

Se tiene a Liberación Animal por la obra que, desde su publicación en 1975, ha inspirado un movimiento mundial del mismo nombre que en la actualidad incluye ya docenas de organizaciones y a millones de miembros distribuidos a lo largo y ancho del planeta. Su autor, Peter Singer, ha sido uno de los primeros filósofos contemporáneos en argumentar de forma sistemática que aquellos que se oponen al sufrimiento humano deben oponerse igualmente a que se les inflija sufrimiento a los animales. 
 
Liberación animal describe el dolor injustificado que se causa a los animales en la investigación científica, militar y comercial y los procedimientos -a menudo salvajes y gratuitos- mediante los que se provee de carne a los consumidores - los que han sido acostumbrados a ignorar la realidad de ese proceso de producción-. Peter Singer demuestra además que el proceso de producción de carne no sólo es éticamente indefendible sino vergonzosamente costoso, y que con él se priva a la parte del mundo más desfavorecida de las proteínas que necesitan. En su segunda edición (la que esta disponible en el link) Singer revisa la primera versión del libro en tres formas distintas: discute la evolución del movimiento de defensa de los derechos de los animales desde 1975, año de su primera edición; responde a una gran variedad de comentarios sobre sus primeras tomas de posición, indicando además en qué aspectos han variado sus puntos de vista desde entonces y finalmente, actualiza sus detalladas explicaciones del trato infligido a los animales en el laboratorio y en las granjas industriales. Liberación animal constituye, en el fondo, el intento de poner en marcha una cruzada contra la crueldad y el dolor injustificados; una cruzada al final de la cual habrá cambiado nuestro modo de contemplar a los animales y con ello, el modo de contemplarnos a nosotros mismos.
 
 
PETER SINGER
Es catedrático de Filosofía y director del Centre for Human Bioethics de la Monash University de Melbourne. Autor de numerosos trabajos sobre ética, destaca su contribución a la última edición de la Enciclopedia Británica. Entre sus obras traducidas al español se encuentran Democracia y desobediencia (1985) y la obra colectiva Ética práctica (1995), también junto a Paola Cavalieri ha editado El Proyecto «Gran Simio». La igualdad más allá de la humanidad (1998).
 
Para descargar Liberación Animal gratuitamente, clik en el siguiente link:
 
 
Ecopolis, Disciplinas Integradas
 

viernes, 1 de agosto de 2008

Que vivan los circos, PERO SIN ANIMALES !!!

En relación a la medida adoptada por la I. Municipalidad Santiago, en voto unánime de Alcalde y Concejales, para prohibir el funcionamiento en la comuna de los circos con animales, manifestamos lo siguiente:

La ley 20.216 (septiembre de 2007) que establece normas en beneficio del circo chileno es clara al entregar a los municipios, a través de las ordenanzas, la regulación del funcionamiento de los Circos en las comunas respectivas. La I. Municipalidad de Santiago lo que ha hecho es condicionar, dentro de sus facultades legales, la actividad circense, no prohibirla ni menoscabarla por cuanto aquello que es de la esencia del circo es su "calidad de instrumento de entretención, recreación y formación cultural básica" (artículo 3º de la Ley). La enumeración que hace la Ley (art.2º) respecto de actividades que constituyen un espectáculo circense lo es a modo ejemplar, es decir, no afecta ni vulnera la Ley de Circos la no incorporación de animales como requisito para la tramitación de los permisos de funcionamiento o firma de convenios con el municipio respectivo.

Por tanto, despejada la controversia legal referida al tema, corresponde centrarse en la naturaleza de la decisión que ha motivado el debate público en torno a los circos con animales. No puede ser sino una decisión de carácter ético la que ha llevado al Concejo Municipal, presidido por su alcalde Sr. Raúl Alcaíno, a votar unánimemente a favor, y no en contra, de una cultura de respeto a toda forma de vida, a favor de un espectáculo que promueva el talento humano sin mediar el sufrimiento de los animales. Próximos a cumplir el Bicentenario, y erróneamente supeditados a la creencia de que nuestro patrimonio cultural es un todo acabado, la I. Municipalidad de Santiago nos ha demostrado en un acto de valentía, de coraje y de civilidad que, aún en el siglo XXI se construye patria en epopeyas que se libran, por cierto, en el seno de nuestras conciencias.



Ecopolis, Disciplinas Integradas

Valparaíso-Viña del Mar

BOLETIN Nº 1, agosto 2008

Hoy
realizamos el lanzamiento de nuestro primer boletín, el cual tiene como objetivo informar y difundir temas relacionados con la protección animal, el medio ambiente y otros. El primer día de cada mes llegaremos a Uds, con tres temas de interés.

Así mismo, lanzamos este blog, donde podrán encontrar información y saber mas sobre nosotros y nuestras actividades, también los invitamos a unirse a nuestro grupo en facebook, ecopolis, disciplinas integradas.

Desde ya los invitamos a enviarnos sus comentarios o ideas sobre temas que les podrían interesar.


Ecopolis, Disciplinas Integradas

* Para una comoda lectura, clikear sobre la imagen.
 


miércoles, 16 de julio de 2008

The truth about circus animals

By Javier Corvalan Gazzolo, Bsc (hons) Animal behaviour and wildlife biology
, Anglia Ruskin University, Cambridge, UK
 
The use of animals in circuses is declining around the world. Especially since the increase of studies showing the damages caused to animals by the circus life. People are reacting to this information as well, and do not find it so palatable to watch animals performing tricks knowing the adverse conditions which the circus animals are living in.
  The welfare problem in circuses and zoos are physical, especially regarded to space and provision of secluded areas, social (adequate environment and social group), and psychological, resulting from physical and social problems.  The psychological difficulties manifest themselves in, for example compulsive pacing and stereotypies (which can also be found in humans suffering from some mental illness like autism), environmental vandalism, hyper aggression, self mutilation, chronic apathy and perversion of appetite.
   In circus animals in particular, the implications are that even well run circuses nonetheless involve some adverse welfare, almost by definition, because of constraints on space and environmental stimulus.  Since circuses often move frequently and the animal’s accommodation has to be easily transported: this places constraints on size and weight and thus on space allowance. When circuses are stationary, accommodation could be more spacious, but this is not done, partly for reasons of cost.
 Local authorities have great difficulties in controlling circuses since they move on very rapidly and there is little time for inspection and the necessary processing of papers.  Creamer & Phillips (1998), in a long thorough undercover investigation found horrifying catalogue of vicious cruelty, both physical and psychological. Much of the cruelty was by individuals and could not be said to be and inevitable part of circus activity.  They could only uncover this by spending long periods of time with the animals. Just like in humans with autism or schizophrenia one visit from the doctor is not enough to discover these mental illnesses produced by stress or boredom.

 Circus life is entirely inappropriate for wild animals and inevitably involves severe deprivation of essential freedoms.

The welfare issues for circus animals can roughly be divided into five aspects, namely: (1) accommodation, (2) transport, (3) training, (4) performance and (5) winter accommodation. To analyse these aspects on welfare-issues I will use the five liberties, as defined by the British animal welfare committee (Brambell 1965) as a framework. These liberties act as a guide-line for the European policy regarding intensively farmed animals to safeguard there welfare:
  1. Freedom from thirst, hunger and malnutrition
  2. Freedom from discomfort due to environment
  3. Freedom from pain, injury and disease
  4. Freedom to express the normal behavioural characteristics peculiar to the species
  5. Freedom from fear and distress

It’s of interest here to distinguish between welfare-violation that can be prevented, for example not giving enough water (not giving enough water is a case of neglect) and unavoidable welfare-violation, like transport (the transportation of animals is inherent to the character of a circus). Unavoidable welfare violation can be a just cause to ban circuses.

Accommodation
Domestic animals can in general be kept in sufficient large enclosures. (However, one can speculate whether a circus-horse should have the freedom to trot). In general speaking, wild animals are more dangerous and more unpredictable. Therefore there are stricter rules to their accommodation. Especially primates, bears, elephants, lions and tigers have to pay a high price for freedom of movement; this limits their normal behaviour (freedom 4). Also enrichment is usually not possible: a chimpanzee likes to climb, but circus-accommodation lacks climbing-facilities. Through such privation many circus-animals display stereotypical or apathetic behaviour, which can be considered as mental sorrow (freedom 5).

Transport
As long as the duration of transport is within restricted range and the transport cages are adequate and comfortably equipped, some will argue that this is an acceptable aspect. Circus animals are often put on transport and it’s not known whether they get used to it. Each time the animals gets transported they have to get used to a new, for them hostile environment.

Training
On the subject of teaching acts on animals there’s big controversy. Animal welfare studies show that circus animals have been trained by means of torture instruments. There are known, horrific cases to prove this. Moreover, with big wild animals it is of importance that an animal trainer creates a dominant position over his animals. Some degree of physical force seems to be unavoidable (freedom 3 & 5).

Performance
It is sometimes stated that circuses are more animal friendly than zoos are, because they at least seek distraction during their performances. However, then it is assumed that they enjoy performing. That assumption is unfounded. The acts are in general routinely and compulsive, which can cause boredom and even aversion (freedom 5).

Winter accommodation
The condition of the winter accommodation is most often poorly. For domestic animals it’s quite possible to accommodate them in good conditioned housing. For a number of animals, in particularly wild animals, winter accommodation is problematic, because they can not adjust to another climate. The animals are then kept in a small enclosure so the climatic-conditions can be controlled or they are kept outside where the climatic-conditions can not be controlled (freedom 2 & 4).

Much of the behaviour of captive animals is bizarre in the extreme. Animals that are deprived of their normal behaviour patterns appear to indulge in a variety of aberrant stunts: they may be aggressive towards other animals, defecate and make games with their faeces, masturbate, or damage themselves (birds sometimes pluck their own feathers). None of these peculiar pieces of evidence that captivity-let alone any direct cruelty in their training or management- strikes some animals badly will necessarily reveal them selves in lank fur or a dulled eye. They can easily be hidden inside a plump, sleek body which appears to be thoroughly hale. However, the creature could still be mad, neurotic or miserable.

We do not believe that animals and humans share every characteristic under the sun to be able to remember that human prisoners do not look obviously affected by their incarceration. But we know they are not happy. And the great difference between animals and humans that we do know about goes towards our having a clear requirement to be doubly respectful of them: It is we cannot find out from them what they want or feel.


*Stereotypy: Movimientos repetitivos o ritualisticos como simples movimientos de cabeza o del cuerpo lado a lado, o movimientos mas complejos como marchar de un lado a otro o cruzarse de pies.




  • Broom, D.M. & Johnson, K. G., 1993. “Stress and animal welfare”. Dodrecht: Kluwer academic publishers

  • Creamer, J & Phillips, T., 1998, “The ugliest show on earth: the use of animals in circuses”. London: animal Defenders.

  • Bryant, J. M., 1979, “animal exploitation in human recreation”. Sussex: Centaur Ltd.

  • Gellatley, J., 2000, “Born to be wild”. London: Sage publications.




Javier Corvalan Gazzolo
Bsc (hons) Animal behaviour and wildlife biology
Anglia Ruskin University
Cambridge
UK