UN GOLPE DE AUTORIDAD CRUEL, INÚTIL E ILEGAL
Ordenanzas que sancionan la compasión humana son ilegales
Una ordenanza que castiga el acto de compasión (dar de comer al que padece hambre), imponiendo medidas crueles y anacrónicas, retrotrae la historia a los tiempos más oscuros de la inquisición. Esta prohibición vulnera el espíritu y naturaleza humana y afecta el “derecho a la integridad psíquica de las personas”, constitucionalmente garantizado en el artículo 19 de la Carta Fundamental.
Por otra parte, la sanción a la generación de “focos de insalubridad” ya está contemplada en el Código Sanitario, por tanto no puede una ordenanza invadir materias propias de ley.
Efectivamente, la ley no impide que una persona dé de comer a un perro en la calle si con ello no genera suciedad o peligro objetivo para la salud de las personas. Hoy en día, se usa el pellet o comida seca, formato práctico y limpio de “alimento para mascotas”.
Pero si la finalidad de algunos municipios, tras castigar la compasión y desincentivar el apadrinamiento, es “impedir la reproducción canina de las calles” ha de saber que peca de ignorancia supina respecto de cuál es el origen de la sobrepoblación de perros en las calles. La "fábrica" de perros se haya en las casas, no en las calles. Son los animales con dueño o que han tenido dueño los que sobrecargan el sistema ecológico pues los perros sin dueño, tienen baja tasa de fertilidad y casi nula capacidad de sobrevivencia tras el nacimiento, la tasa de mortalidad a temprana edad es impresionante para los perros que nacen y crecen en la calle.
Contrario a lo que pudiera pensarse, dar de comer, o más completamente, apadrinar a un perro de barrio es una excelente forma de hacer “control de nicho”, medida recomendada por la Organización Mundial de la Salud para estabilizar las poblaciones caninas logrando un envejecimiento de grupos que sirven de muro de contención de nuevos flujos de perros. Las medidas de “control de nicho” incluyen esterilización *(TNR), socialización, control sanitario y alimentación.
A juicio de Ecópolis, aquellos ciudadanos que han sido amonestados o multados por municipios que castigan puntualmente la libertad de las personas de actuar conforme a un imperativo ético, como lo es la compasión con el ser que sufre, pueden, eventualmente, presentar un reclamo de ilegalidad ante la Contraloría General de la República o interponer un Recurso de Protección ante la respectiva Corte de Apelaciones por afectación del derecho a la integridad psíquica de las personas.
*TNR: take,neuter and return (tomar, esterilizar y devolver al mismo lugar); medida de control de poblaciones caninas recomendada por la Organización Mundial de la Salud (OMS).
Ecopolis, Disciplinas Integradas